Trenque Lauquen en Fase 3 ante la alta suba de casos de Covid

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La ciudad bonaerense de Trenque Lauquen, ante el aumento significo de casos positivos de Covid-19, se encuentra en Fase 3. En esta etapa están todos los municipios que de acuerdo al artículo 13 del Decreto Nacional 235/21 “fueran considerados lugares de ‘Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario’ y aquellos municipios en los cuales se haya producido un brote o un aumento significativo y repentino de casos positivos de Covid-19”.

Mediante la Resolución 1050, el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires incluyó en la noche del viernes a Trenque Lauquen entre los 49 distritos que ahora están en Fase 3 de acuerdo a la situación epidemiológica que presentan por la pandemia de Covid-19.

Se ubican en Fase 3 los municipios que de acuerdo al artículo 13 del Decreto Nacional n°235/21 “fueran considerados lugares de ‘Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario’ y aquellos municipios en los cuales se haya producido un brote o un aumento significativo y repentino de casos positivos de Covid-19, cuando a partir de la identificación de los primeros casos autóctonos, se observare un incremento en la velocidad de transmisión medida en términos de tiempo de duplicación o la ocurrencia de casos autóctonos en donde se verifique que la cadena de transmisión se corresponde con un escenario de transmisión comunitaria”.

Medidas a cumplir.

La Resolución indica que en los municipios incluidos en Fase 3 “con el objetivo de proteger la salud pública y evitar situaciones que puedan favorecer la circulación del virus Covid-19”, se establecen las siguientes restricciones horarias: las actividades comerciales de carácter general no podrán desarrollarse entre las 20 y las 6; y las actividades desarrolladas en comercios gastronómicos no podrán desarrollarse entre las 23 y las 6. En tanto, las personas no podrán circular entre las 0 y 6hs.

Excepciones.

Las restricciones establecidas no serán aplicables a: las personas afectadas a las actividades y servicios esenciales; las personas afectadas a las actividades industriales que se encuentren trabajando en horario nocturno, de conformidad con sus respectivos protocolos de funcionamiento; y a las personas que deban retornar a su domicilio habitual desde su lugar de trabajo o concurrir al mismo -circunstancia que deberá ser debidamente acreditada. Todas las personas exceptuadas deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación–Emergencia.